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Fallido.
Persona que no puede pagar la deuda que tiene. También puede
hacer referencia a la propia deuda.
Fecha de ajuste.
Momento en el que el tipo de interés de una hipoteca de tipo
mixto pasa de ser fijo a variable.
Fecha valor.
Es el día que cuenta a los efectos de cobros y pagos para
una entidad financiera.
Fedatario público.
Son los notarios o corredores de comercio.
Fiador.
Es el que garantiza el cumplimiento de una obligación de
otro.
Fianza.
Cantidad entregada a cuenta para reservar el derecho de compra del
inmueble, que se perderá en caso de no efectuar dicha compra
con las condiciones pactadas, y le será devuelto por un valor
doble, si el vendedor no cumple lo estipulado.
Fallido.
Persona que no puede pagar la deuda que tiene. También puede
hacer referencia a la propia deuda.
Firma de la Escritura.
El titular del préstamo, tiene tres días hábiles
para estudiar la escritura del préstamo en el despacho del
notario, antes de la firma de la misma.
Folleto informativo.
La O.M. de 5/5/94 sobre la transparencia de los préstamos
hipotecarios y la Circular 5/94 del Banco de España que la
desarrolla, establece que las Entidades de Crédito tendrán
a disposición de sus clientes folletos informativos que incluyan
con carácter orientativo las características financieras
y de otra índole de los préstamos hipotecarios destinados
a la adquisición de vivienda.