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Mancomunidad.
Se da cuando en un crédito concurren varios acreedores o deudores
estando la deuda repartida entre ellos.
MIBOR.
Se entiende así al tipo de interés al que las entidades
bancarias se prestan dinero entre ellas en el mercado interbancario.
Existen diferentes tipos en función del plazo, siendo el
MIBOR a un año el más corriente en préstamos
hipotecarios. Es muy sensible al cambio, en función de las
expectativas económicas, políticas y financieras que
se den en el entorno, además de situarse como el índice
más bajo de cuantos se utilizan, por lo que el diferencial
que se le impone suele ser más alto dentro de la tipología
de índices de referencia. Con la entrada del EURO, el MIBOR
será sustituido por el EURIBOR, que tendrá las mismas
características. A la hora de revisar el tipo de interés,
en los casos de hipotecas con tipo variable, debemos exigir la aplicación
del EURIBOR a la entidad bancaria.
Mora.
Retraso en el pago de una deuda que provoca el cobro de un interés
de demora (ver interés de demora).
Moratoria.
Se dice del plazo solicitado o impuesto para no hacer frente inmediatamente
al pago de una deuda ya vencida.
Morosidad.
Retraso en el pago de una deuda.
Moroso.
El que se retrasa en el pago de sus deudas sin una causa justificada.