Diccionario financiero R

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R

Redondeo.
Es una práctica de simplificación de los decimales del tipo de interés aplicable. Generalmente se efectúan a cuartos (a 0,25%) u octavos de punto (a 0,125%). Hay que comprobar que el redondeo es el normal o siempre es al alza, con lo que la entidad financiera sale beneficiada. Ejemplo: si el mibor a un año es 3,663% y el diferencial aplicable es 1 %, el tipo de interés resultante sería de un 4,663%. Si el redondeo es al alza y a octavos, el nuevo tipo sería 4,875. Si el redondeo es al alza y a cuartos, el nuevo tipo se sería del 5%.

Reembolso.
Es la cancelación por plazos de una deuda devolviendo el principal y los intereses pactados en el préstamo o crédito.

Referencias.
Es el índice sobre el que se va a revisar el interés del préstamo cuando llegue el momento. La referencia no puede ser susceptible de ser modificada ni por el prestatario ni por la entidad bancaria, se puede decir que debe venir de una fuente neutra, así, es el Banco de España quien publica oficialmente el precio del dinero en el mercado. Las referencias más conocidas y utilizadas son el MIBOR y el IRPH, aunque llega una nueva referencia, el EURIBOR, que sustituye al MIBOR, y su alcance es a nivel de la Unión Europea.

Registro de la Propiedad.
Oficina pública que tiene por función llevar los libros oficiales en los que consten todas las circunstancias que afectan a las fincas de la demarcación correspondiente a dicho Registro.

Estas circunstancias son las relativas a la propiedad: cargas, transmisiones, notas marginales, etc.

Resarcir.
Indemnizar o compensar.

Rescindir.
Dejar sin efecto un contrato por alguna causa legal.